La Seguridad Social no usa su rendimiento neto de IRPF tal cual: le suma las cuotas que ha pagado y le resta un 7 % de gastos genéricos (un 3 % en el caso de los autónomos societarios), según el artículo 308 de la LGSS. Con esa cifra se elige el tramo. Si deja la base en 0, la calculadora aplica la base mínima del tramo, que es la que elige la mayoría.
| Rendimiento computable mensual | 1860,00 € |
| Tramo de rendimientos | Tabla general, tramo 5 |
| Bases mínima y máxima del tramo | 1209,15 € – 2030,00 € |
| Base de cotización aplicada | 1209,15 € |
| Contingencias comunes (28,30 %) | 342,19 € |
| Contingencias profesionales (1,30 %) | 15,72 € |
| Cese de actividad (0,90 %) | 10,88 € |
| Formación profesional (0,10 %) | 1,21 € |
| Mecanismo de equidad intergeneracional (MEI) (0,90 %) | 10,88 € |
| Cuota mensual total | 380,88 € |
De la cifra que ha introducido se han descontado 140,00 € de gastos genéricos antes de elegir el tramo, tal y como manda el artículo 308 de la LGSS.
Estimación educativa con las tablas y los tipos de 2026 (Orden PJC/297/2026). La base que elija durante el año es provisional: la Seguridad Social la regulariza al año siguiente con los rendimientos que le comunique la Agencia Tributaria. No incluye la cuota reducida («tarifa plana») de los nuevos autónomos ni bonificaciones autonómicas.