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Calculadoras para Autónomos

Calculadora de Cuota de Autónomos

Calcule lo que le toca pagar cada mes a la Seguridad Social en 2026: el tramo que le corresponde según sus rendimientos, la base que puede elegir y la cuota desglosada en los cinco conceptos que la componen.

La Seguridad Social no usa su rendimiento neto de IRPF tal cual: le suma las cuotas que ha pagado y le resta un 7 % de gastos genéricos (un 3 % en el caso de los autónomos societarios), según el artículo 308 de la LGSS. Con esa cifra se elige el tramo. Si deja la base en 0, la calculadora aplica la base mínima del tramo, que es la que elige la mayoría.

Cuota mensual estimada
380,88 €
Coste anual (12 meses)
4570,56 €

Cómo se llega a esa cuota

Rendimiento computable mensual1860,00 €
Tramo de rendimientosTabla general, tramo 5
Bases mínima y máxima del tramo1209,15 € – 2030,00 €
Base de cotización aplicada1209,15 €
Contingencias comunes (28,30 %)342,19 €
Contingencias profesionales (1,30 %)15,72 €
Cese de actividad (0,90 %)10,88 €
Formación profesional (0,10 %)1,21 €
Mecanismo de equidad intergeneracional (MEI) (0,90 %)10,88 €
Cuota mensual total380,88 €

De la cifra que ha introducido se han descontado 140,00 € de gastos genéricos antes de elegir el tramo, tal y como manda el artículo 308 de la LGSS.

Estimación educativa con las tablas y los tipos de 2026 (Orden PJC/297/2026). La base que elija durante el año es provisional: la Seguridad Social la regulariza al año siguiente con los rendimientos que le comunique la Agencia Tributaria. No incluye la cuota reducida («tarifa plana») de los nuevos autónomos ni bonificaciones autonómicas.

Vídeo: cómo usar la calculadora

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Primero se calcula el rendimiento que cuenta, y no es el del IRPF

Aquí es donde se tuerce la mayoría de los cálculos caseros. El artículo 308 de la Ley General de la Seguridad Social no toma el rendimiento neto de su declaración tal cual: manda partir del rendimiento neto de la actividad «incrementado en el importe de las cuotas de la Seguridad Social» que usted mismo ha pagado, y sobre ese total aplicar «una deducción por gastos genéricos del 7 por ciento». Para los autónomos societarios y los socios trabajadores de sociedades laborales, o sea las letras b) y e) del artículo 305.2, la deducción baja al 3 por ciento. Los familiares colaboradores de la letra k) conservan el 7 %, porque esa regla no los nombra. El resultado es el rendimiento computable, y es el único que se compara con la tabla.

2

Ese rendimiento le coloca en un tramo, y el tramo fija una horquilla

La Orden PJC/297/2026 publica dos tablas: una reducida de tres tramos, para quien está por debajo del suelo de la tabla general, y una general de doce. Cada tramo lleva una base mínima y una base máxima mensuales. No le asignan una base: le dan una horquilla y usted elige dentro de ella. Un detalle del texto oficial que conviene leer despacio: la tabla reducida termina en «menos de 1.166,70» y la general empieza en «1.166,70 o más», así que esa cifra exacta cae en la tabla general y la base mínima salta de 849,67 € a 950,98 €.

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La cuota es la base por el 31,50 %, repartido en cinco conceptos

Sobre la base elegida se aplican cinco tipos: 28,30 % de contingencias comunes, 1,30 % de contingencias profesionales, 0,90 % de cese de actividad, 0,10 % de formación profesional y 0,90 % del mecanismo de equidad intergeneracional. Suman 31,50 %. Las cuotas de 2026 son idénticas a las de 2025 en la parte de la tabla, pero el MEI ha subido del 0,80 % al 0,90 % (disposición transitoria 43.ª de la LGSS), y por eso la cuota mínima sube 0,65 € al mes, hasta los 205,88 €. La calculadora muestra los cinco conceptos por separado para que pueda cuadrarlos con su recibo de liquidación.

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Elegir base mínima no es gratis: es la pensión de mañana

Casi todo el mundo cotiza por la base mínima de su tramo, y es una decisión defendible cuando el margen es estrecho. Pero la base de cotización es la que después calcula la baja por enfermedad, la prestación por cese de actividad y, sobre todo, la pensión de jubilación. Subir de la base mínima a la máxima del mismo tramo puede costar unas decenas de euros al mes y cambiar bastante esas prestaciones. La calculadora permite probar cualquier base dentro de su horquilla precisamente para ver ese coste antes de decidir.

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Lo que pague este año es provisional hasta la regularización

La base que elija durante el año tiene carácter provisional (artículo 308.1.a regla 6.ª). Al año siguiente, cuando la Agencia Tributaria comunica sus rendimientos reales, la Seguridad Social regulariza: si cotizó por debajo de la base mínima del tramo que le correspondía, pagará la diferencia; si cotizó por encima de la máxima, se la devuelven. Por eso conviene ajustar la base durante el ejercicio en cuanto vea que la previsión se desvía, en lugar de esperar a la liquidación.

Ejemplo práctico

Ejemplo: un autónomo individual con 2.000 € de rendimiento neto mensual de IRPF que hoy paga 300 € de cuota. Rendimiento computable: (2.000 + 300) × 0,93 = 2.139 €. Ese importe cae en el tramo 6 de la tabla general (más de 2.030 y hasta 2.330 €), cuya base mínima es 1.274,51 €. Cuota mensual: 1.274,51 × 31,50 % = 401,47 €, es decir 4.817,64 € al año. Si hubiera metido los 2.000 € directamente en la tabla, sin el ajuste del artículo 308, habría leído el tramo 5 y una cuota unos 20 € más baja.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la cuota mínima de autónomos en 2026?
La base mínima de toda la tabla es 653,59 € al mes y el tipo total es del 31,50 %, así que la cuota mínima ordinaria son 205,88 € mensuales. Corresponde al tramo 1 de la tabla reducida, es decir a rendimientos computables de hasta 670 € al mes.
¿Y la cuota máxima?
Depende de la base que elija, no solo del tramo. La base máxima absoluta de 2026 es 5.101,20 € mensuales, que da una cuota de 1.606,88 €. Quien supera los 6.000 € de rendimientos y se queda en la base mínima de su tramo (1.928,10 €) paga 607,35 €.
¿Por qué sube la cuota en 2026 si la tabla es la misma?
Porque el mecanismo de equidad intergeneracional pasa del 0,80 % al 0,90 % de la base (artículo 18.2.c de la Orden PJC/297/2026). Las bases y el resto de tipos no cambian, así que el aumento es exactamente una milésima de la base: 0,65 € al mes (7,84 € al año) en la base mínima de la tabla y 5,10 € al mes (61,21 € al año) en la máxima.
¿Puedo elegir cualquier base de cotización?
Solo dentro de la horquilla de su tramo. Si elige una base por debajo de la mínima o por encima de la máxima de su tramo, la regularización la corregirá. Hay excepciones tasadas: por ejemplo, quien ya cotizaba por una base alta antes de 2023 puede conservarla (disposición transitoria sexta del RDL 13/2022).
¿Esta calculadora incluye la tarifa plana?
No, y es deliberado. La cuota reducida del artículo 38 ter de la Ley 20/2007 estuvo fijada en 80 € mensuales para 2023 a 2025 y, a partir de 2026, la fija «la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio». Como no hay Presupuestos para 2026, preferimos no publicar un importe que no podemos citar de una norma. Si le corresponde la cuota reducida, pagará esa en lugar de la que ve aquí.
¿Qué pasa si mi previsión de ingresos falla?
Puede cambiar de base varias veces a lo largo del año para ajustarla a lo que vaya viendo. Y si aun así no cuadra, la regularización del año siguiente pone las cuentas en su sitio: paga la diferencia o le devuelven el exceso.

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Fuentes

Autor: Thorben Rasmus Idel · Revisado por: Nahar Geva · Última revisión: