Elija la pregunta: lo que cuesta el régimen frente al IRPF ordinario, en qué ejercicio empieza y acaba, o si cumple las condiciones del artículo 93.

Datos del régimen especial de trabajadores desplazados
Cuota con el régimen
25.680,00 €
Cuota ordinaria de referencia
35.481,50 €
Lo que le ahorra
9801,50 €
Trabajo, con el régimen24 % / 47 %21.600,00 €
Trabajo, IRPF ordinario de referencia31.401,50 €
Dividendos e intereses, con el régimen19 / 21 / 23 / 27 / 30 %4080,00 €
Dividendos e intereses, IRPF ordinario4080,00 €
Ahorro en la parte del trabajo9801,50 €
Ahorro en la parte del ahorro0,00 €
Tipo efectivo con el régimen23,35 %
Tipo efectivo ordinario32,26 %
  • • En la parte del ahorro el régimen no ahorra nada: su escala 19-30 % es, al céntimo, la suma de la mitad estatal del artículo 66.1 y la autonómica del artículo 76.
  • • La cuota ordinaria es una REFERENCIA calculada con el artículo 65, porque la escala autonómica la aprueba cada comunidad (artículo 74.1.1.º) y aquí no se inventa ninguna.
Lo que el régimen no hace, y lo que esta calculadora no calcula

El umbral entre los dos tipos de la base general son 600.000,00 €, y sólo el exceso tributa al tipo alto.

La base del ahorro son las rentas del artículo 25.1.f) del texto refundido del IRNR: dividendos, intereses y ganancias patrimoniales.

Con el régimen el Impuesto sobre el Patrimonio pasa a ser por obligación real, es decir sólo por los bienes situados en España. No se calcula aquí.

La deducción por doble imposición internacional está limitada al 30 % de la cuota de esos rendimientos, donde un residente ordinario aplica el artículo 80 sin ese techo. No se calcula aquí.

El cónyuge y los hijos menores de 25 pueden acogerse si la suma de sus bases liquidables es inferior a la del contribuyente principal. No se calcula aquí.

Modelo 151: la ley Beckham por Calculadora Capital