Desglose del pago fraccionado por la modalidad de cuota
Ejercicio cuya cuota se tomade hace dos ejercicios
2024
Su modelo 200 venció el
25 de julio de 2025
El del último ejercicio cerrado vence el
27 de julio de 2026
Base del pago fraccionado (casilla 01)
40.000,00 €
Porcentaje del artículo 40.2
18 %
A ingresar
7200,00 €
Plazos de presentación y de domiciliación
Último día para presentar
20 de abril de 2026
Último día para domiciliar el pago
15 de abril de 2026
El pago de abril se calcula sobre la cuota de 2024, no sobre la del ejercicio que acaba de cerrar: el 1 de abril el modelo 200 de ese ejercicio todavía no ha vencido.
Si el último ejercicio cerrado duró menos de un año, el segundo párrafo del artículo 40.2 obliga a completar doce meses con la parte proporcional de los anteriores.
Solo esta modalidad resta deducciones. El último párrafo del artículo 40.3 nombra bonificaciones, retenciones y pagos fraccionados, pero no deducciones.
La opción vincula para ese período y los siguientes hasta que se renuncie a ella, en la misma ventana de febrero.
La ventana de domiciliación cierra antes que la de presentación: cinco días antes cuando ninguno de los dos días se traslada.
Esta herramienta es informativa y no constituye asesoramiento fiscal. No calcula el impuesto anual, ni los ajustes extracontables, ni el régimen de consolidación fiscal.
Los festivos autonómicos y locales no se tienen en cuenta: el artículo 30.6 de la Ley 39/2015 los deja fuera de este cálculo.