Desglose de la retención y de la cuota del no residente
Base de la retenciónel íntegro, artículo 31.2
100.000,00 €
Retención del pagador
19.000,00 €
Base del impuesto del cobradormenos los gastos, artículo 24.2
40.000,00 €
Cuota real del cobrador
7600,00 €
Exceso devolvible por el modelo 210
11.400,00 €
Neto que recibe el cobrador
81.000,00 €
El artículo 31.3 dice que el obligado a retener «asumirá la obligación de efectuar el ingreso en el Tesoro, sin que el incumplimiento de aquella obligación pueda excusarles de ésta»: olvidar la retención no ahorra el dinero.
El artículo 31.2 prohíbe al pagador descontar esos gastos, aunque el cobrador sí pueda hacerlo en su propia autoliquidación. El exceso se recupera con el modelo 210, no aquí.
Ajustes: gastos del artículo 24.2 y tipo de convenio
Personal, materiales y suministros de una obra o servicio: reducen el impuesto del cobrador y NO la retención.