El tipo depende de dónde resida quien cobra, no de la renta.
A retener e ingresar
19.000,00 €
Tipo aplicado
19,00 %
Retenido de más
11.400,00 €
Desglose de la retención y de la cuota del no residente
Base de la retenciónel íntegro, artículo 31.2100.000,00 €
Retención del pagador19.000,00 €
Base del impuesto del cobradormenos los gastos, artículo 24.240.000,00 €
Cuota real del cobrador7600,00 €
Exceso devolvible por el modelo 21011.400,00 €
Neto que recibe el cobrador81.000,00 €
  • El artículo 31.3 dice que el obligado a retener «asumirá la obligación de efectuar el ingreso en el Tesoro, sin que el incumplimiento de aquella obligación pueda excusarles de ésta»: olvidar la retención no ahorra el dinero.
  • El artículo 31.2 prohíbe al pagador descontar esos gastos, aunque el cobrador sí pueda hacerlo en su propia autoliquidación. El exceso se recupera con el modelo 210, no aquí.
Ajustes: gastos del artículo 24.2 y tipo de convenio

Personal, materiales y suministros de una obra o servicio: reducen el impuesto del cobrador y NO la retención.

Modelo 216: retención a no residentes por Calculadora Capital