Cómo calcular el finiquito paso a paso, con un ejemplo completo
Todo finiquito sale de tres multiplicaciones sobre el salario diario. Si sabe calcular ese salario diario, sabe revisar su finiquito.

Respuesta rápida
El finiquito se calcula en tres pasos sobre el salario diario (mensual ÷ 30): días trabajados del último mes × salario diario, vacaciones pendientes × salario diario, y una mensualidad × días devengados ÷ 180 por cada paga extra sin prorratear. El resultado es bruto.
El método: tres multiplicaciones sobre el salario diario
Todo finiquito se reduce a tres partidas, y las tres se calculan sobre el mismo número base: el salario diario, que para un asalariado mensual es el salario bruto entre 30.
- Salario pendiente = salario diario × días trabajados del último mes.
- Vacaciones no disfrutadas = salario diario × días de vacaciones pendientes.
- Pagas extras devengadas = por cada paga sin prorratear, una mensualidad × (días devengados ÷ 180).
El resultado de sumar las tres es el finiquito bruto. Sobre él se aplican después la retención de IRPF y la cotización a la Seguridad Social.
Paso 1: El salario de los días trabajados
Si el contrato termina a mitad de mes, la empresa le debe los días trabajados y aún no cobrados. Con un salario de 1.800 € y cese el día 15:
1.800 ÷ 30 = 60 € al día → 60 × 15 = 900 €
La convención del mes de 30 días es la habitual para salarios mensuales; los contratos con salario diario liquidan por días naturales reales.
Paso 2: Las vacaciones que no llegó a disfrutar
El mínimo legal son 30 días naturales por año trabajado (artículo 38), que se generan a razón de unos 2,5 días por mes. A la fecha del cese, cuente los días generados en el año, reste los disfrutados y pague el resto al salario diario.
Siguiendo el ejemplo: si a 15 de agosto ha generado unos 18,75 días (7,5 meses × 2,5) y disfrutó 9, le quedan unos 10 días:
60 € × 10 = 600 €
Si su convenio da más de 30 días al año, la generación mensual sube en proporción; use siempre los días de su convenio.
Paso 3: La parte proporcional de las pagas extras
Localice primero en su nómina si las pagas van prorrateadas. Si es así, este paso vale 0 €: ya las cobró mes a mes.
Si no van prorrateadas, cada paga (normalmente una mensualidad) se devenga a lo largo de un período, semestral en la mayoría de los convenios. La parte pendiente es:
mensualidad × días devengados ÷ 180
Con las dos pagas a mitad de devengo (90 días cada una):
1.800 × 90 ÷ 180 = 900 € por paga → 1.800 € entre las dos
Si su convenio fija devengo anual, la fracción es sobre 360/365 días en lugar de 180; la lógica no cambia.
El ejemplo completo, sumado
| Partida | Cálculo | Importe |
|---|---|---|
| Salario pendiente | 60 € × 15 días | 900 € |
| Vacaciones no disfrutadas | 60 € × 10 días | 600 € |
| Paga de verano | 1.800 × 90 ÷ 180 | 900 € |
| Paga de Navidad | 1.800 × 90 ÷ 180 | 900 € |
| Finiquito bruto | 3.300 € |
Puede reproducir este cálculo con sus propios números en la calculadora de finiquito, que aplica exactamente estas fórmulas y muestra el mismo desglose.
Lo que este cálculo no incluye
Dos partidas pueden aparecer en el mismo documento y no salen de estas fórmulas: la indemnización por fin de contrato temporal (12 días por año en la mayoría de los casos, artículo 49.1.c) y la indemnización por despido (20 o 33 días por año según la causa, artículos 53 y 56). Cada una se revisa con su propia regla; mezclarlas es la forma más fácil de dar por bueno un finiquito incompleto.
Esta información es educativa y no constituye asesoramiento laboral ni fiscal. Para un caso concreto, consulte a un graduado social o abogado laboralista.
Errores comunes
Olvidar las vacaciones generadas y no disfrutadas
Cada mes trabajado genera unos 2,5 días naturales (mínimo legal de 30 al año). Se pagan al salario diario, y es la partida que más veces falta.
Contar las pagas extras que ya van prorrateadas
Si la nómina incluye 'prorrata de pagas extras', ya las cobró mes a mes: no se suman otra vez en el finiquito.
Comparar el finiquito bruto con lo ingresado en cuenta
Del bruto se descuentan IRPF y Seguridad Social. Compare bruto con bruto usando su nómina.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula el salario diario para el finiquito?
¿Cómo se calculan las vacaciones no disfrutadas?
¿Cómo se calcula la parte proporcional de una paga extra?
¿El finiquito que calculo es lo que ingresaré en el banco?
¿Qué plazo tengo si el finiquito está mal pagado?
Lecturas y calculadoras relacionadas
Fuentes
- 1.Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015), arts. 29, 31, 38, 49 y 59 · Boletín Oficial del Estado
- 2.Guía laboral: extinción del contrato de trabajo · Ministerio de Trabajo y Economía Social
Autor / Revisado por
Autor
Thorben Rasmus Idel
Cofundador y autor
Cofundador de Calculadora Capital y autor de la metodología de todas las calculadoras y artículos. Empresario e inversor activo, Thorben fundó Idel Versandhandel GmbH, una empresa de comercio internacional presente en 16 países, e invierte en acciones, ETF y criptomonedas. Él escribe la metodología y verifica los cálculos de cada página, aportando la experiencia de quien gestiona un negocio e invierte para que las herramientas y las explicaciones reflejen cómo funcionan de verdad el dinero, los mercados y los impuestos para quienes viven en España.
Revisado por
Nahar Geva
Cofundación y revisión independiente
Cofundación de Calculadora Capital y revisión independiente de todas las calculadoras y artículos. Con una trayectoria de emprendimiento y de inversión activa en los mercados, Nahar combina un enfoque basado en datos y en producto con la experiencia de invertir en acciones y ETF, en criptomonedas y otros activos digitales, además de finanzas personales e inmobiliario. En cada página, Nahar revisa la metodología y comprueba los cálculos y las cifras, poniendo a prueba si las herramientas y las explicaciones resisten frente a cómo funcionan de verdad el dinero, los mercados y los impuestos para quien invierte.
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