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Calculadora de Indemnización por Despido

Calcule la indemnización que le corresponde por despido improcedente u objetivo: los días por año según su antigüedad, el tramo anterior a la reforma de 2012 si le aplica, y los topes legales, con el cálculo desglosado paso a paso.

Cada mes iniciado cuenta como mes completo (doctrina consolidada). El salario anual incluye las pagas extras: mensualidad × número de pagas.

Indemnización estimada
11.391,78 €

Cómo se llega al resultado

Salario diario (anual ÷ 365)69,04 €
Días devengados en total165
Días indemnizables (tras el tope legal)165

Estimación educativa según los arts. 53 y 56 y la disposición transitoria 11.ª del Estatuto de los Trabajadores; no constituye asesoramiento laboral. La indemnización por despido está exenta de IRPF dentro de los límites legales (art. 7.e LIRPF, hasta 180.000 €). El finiquito (salario, vacaciones y pagas pendientes) es un concepto distinto con su propia calculadora.

Vídeo: cómo usar la calculadora

1

Los dos tipos de despido y sus días por año

El despido improcedente (el declarado sin causa válida) se indemniza con 33 días de salario por año de servicio, con el tope de 24 mensualidades (artículo 56 del Estatuto). El despido objetivo (por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción) se indemniza con 20 días por año, con el tope de 12 mensualidades (artículo 53). Los períodos inferiores a un año se prorratean por meses, y cada mes iniciado cuenta como completo.

2

El salario que se usa: el diario regulador

La indemnización se calcula sobre el salario diario: el salario bruto anual (con las pagas extras incluidas) dividido entre 365. Si cobra 1.800 € al mes en 14 pagas, su anual es 25.200 € y su salario diario 69,04 €. Los complementos salariales cuentan; las dietas y suplidos, en general, no.

3

Contratos anteriores al 12 de febrero de 2012: dos tramos

La reforma laboral de 2012 bajó la indemnización del improcedente de 45 a 33 días. Para los contratos firmados antes del 12/02/2012 se calculan dos tramos: 45 días por año hasta esa fecha y 33 días por año desde ella. El total tiene el tope general de 720 días, salvo que solo el tramo antiguo ya lo supere, en cuyo caso ese tramo es el máximo, nunca por encima de 1.260 días (42 mensualidades).

4

Indemnización, finiquito y paro: tres cosas distintas

La indemnización compensa el despido. El finiquito liquida lo ya devengado (días trabajados, vacaciones, pagas) y se cobra siempre, también sin despido. Y la prestación por desempleo depende de lo cotizado, no del despido. Al cesar, revise las tres por separado: la calculadora de finiquito cubre la segunda.

Ejemplo práctico

Ejemplo: salario de 25.200 € anuales (1.800 € en 14 pagas) y 5 años y un mes de antigüedad, despido improcedente posterior a 2012. Salario diario: 25.200 ÷ 365 = 69,04 €. Días: 33 × 61 meses ÷ 12 = 167,75. Indemnización: 11.581,64 €. Con despido objetivo serían 20 × 61 ÷ 12 = 101,67 días, es decir 7.019,41 €.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días por año corresponden en un despido improcedente?
33 días de salario por año de servicio para el tiempo trabajado desde el 12/02/2012, con el tope general de 720 días (24 mensualidades). Para el tiempo anterior a esa fecha, si su contrato ya existía, se aplican 45 días por año (disposición transitoria 11.ª).
¿Y en un despido objetivo?
20 días por año de servicio, con el tope de 12 mensualidades (360 días), sea cual sea la fecha del contrato. Es la indemnización de los despidos por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción del artículo 52.
¿La indemnización por despido tributa en el IRPF?
La indemnización obligatoria por despido está exenta de IRPF hasta 180.000 € (artículo 7.e de la Ley del IRPF), siempre que no supere los importes del Estatuto. Lo que exceda de la indemnización legal, o de ese límite, tributa como renta del trabajo.
¿Qué salario se usa si mi jornada o sueldo cambió?
Como regla general se usa el salario vigente en el momento del despido. Hay matices con jornadas reducidas por cuidado de hijos (donde se toma el salario a jornada completa) y con salarios variables, donde se suele promediar el último año. Son casos para revisar con un profesional.
¿Esta calculadora da el mismo resultado que la del Consejo General del Poder Judicial?
Aplica las mismas reglas del Estatuto (33/20 días por año, tramo de 45 días para contratos anteriores a 2012, prorrateo por meses iniciados y topes de 720/360/1.260 días) sobre el salario diario anual ÷ 365. La herramienta oficial trabaja con fechas exactas; aquí introduce usted los meses, así que verifique el cómputo de su antigüedad.

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Fuentes

Autor: Thorben Rasmus Idel · Revisado por: Nahar Geva · Última revisión: