Qué fue del Plan MOVES y cuánto dan hoy por un coche eléctrico
El programa que casi todo el mundo sigue buscando por su nombre dejó de existir, y el que lo ha sustituido reparte el dinero con otras reglas.

Respuesta rápida
El Plan MOVES estatal terminó el 31 de diciembre de 2024, volvió sólo durante 2025 y desde el 24 de julio de 2026 lo sustituye el Programa Auto+, que gestiona el Ministerio de Industria y Turismo para toda España en vez de repartirse entre las comunidades autónomas. La ayuda ya no depende de achatarrar un coche viejo sino de cuatro características del que compra, y por eso el máximo anunciado de 4.500 € por un turismo puede quedarse en 1.800 €.
El Plan MOVES tiene un problema de nombre. Es el programa de ayudas a la compra de coches eléctricos que más gente recuerda en España, lleva siendo el término más buscado de su categoría desde hace años, y el programa estatal que lo llevaba dejó de estar en vigor el 31 de diciembre de 2024. Volvió durante 2025, se fue otra vez, y lo que hay hoy se llama de otra manera.
Esta página cuenta qué pasó exactamente, con las fechas y las normas, y qué ayuda puede pedir hoy quien compre un coche eléctrico en España.
La respuesta corta
El Plan MOVES III fue creado por el Real Decreto 266/2021 y su artículo 4.1 fijaba hasta cuándo estaba en vigor.3 Ese artículo se modificó cuatro veces, y la última redacción que ha sobrevivido es la del Real Decreto-ley 4/2024, que dejó el programa «en vigor desde el día siguiente de la publicación de este real decreto en el "Boletín Oficial del Estado" hasta el 31 de diciembre de 2024».4
Desde el 24 de julio de 2026 la ayuda estatal a la compra de un vehículo eléctrico se llama Programa Auto+ y la regula el Real Decreto 609/2026.1 Es un programa distinto en casi todo lo que le importa al comprador: otro ministerio, otro ámbito territorial, otras cuantías y otros criterios.
Cómo murió y volvió un programa, en cuatro pasos
La historia merece contarse porque explica por qué medio internet sigue describiendo un programa que no existe.
Primero, el Real Decreto-ley 4/2024 prorrogó el MOVES III hasta el 31 de diciembre de 2024. Su preámbulo lo dice sin rodeos: «dado el interés observado en el programa de ayudas MOVES III […] y ante su próxima finalización el 31 de julio de 2024, se hace conveniente prorrogar su vigencia hasta el próximo 31 de diciembre».4
Segundo, el 23 de diciembre de 2024 el Gobierno aprobó un decreto-ley que volvía a prorrogarlo, esta vez para 2025.
Tercero, y aquí está el detalle que casi nadie relaciona con los coches eléctricos: el Congreso de los Diputados derogó ese decreto-ley entero, y la Resolución de 22 de enero de 2025 dejó sin efecto la modificación del artículo 4.1 del MOVES III que contenía.5 La prórroga no cayó porque nadie tuviera nada contra las ayudas al coche eléctrico: cayó porque el vehículo que la transportaba era un decreto-ley ómnibus con muchas otras medidas dentro, y se hundió con todas ellas. Esa misma resolución se llevó por delante, por ejemplo, la prórroga de los umbrales de la tributación por módulos de los autónomos.
Cuarto, el Gobierno tuvo que rehacerlo. El Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril, reestableció el MOVES III y lo hizo con efectos hacia atrás: «el período de vigencia de este programa se extiende desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2025», y considera válidas las solicitudes presentadas desde el 1 de enero.6 Hubo, por tanto, un trimestre en el que el programa no existía formalmente y que se cubrió después.
Para 2026 no hubo un quinto paso. Hubo un programa nuevo.
Qué cambia con el Programa Auto+
Ya no se pide en la comunidad autónoma
Es el cambio estructural y el que más desorienta. El MOVES III era una «concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla»: el Estado repartía el dinero entre ellas y cada una abría su propia convocatoria, con su calendario y su ritmo de agotamiento de fondos.3 Por eso, cuando se busca «MOVES III», los primeros resultados son las agencias autonómicas de la energía.
El artículo 2.1 del Real Decreto 609/2026 dice que «el ámbito geográfico de las operaciones de adquisición de vehículos objeto de ayuda es todo el territorio nacional», y las convocatorias las aprueba por orden ministerial el Ministro de Industria y Turismo.1 La pregunta «¿cuánto dan en mi comunidad?» ha dejado de tener una respuesta distinta por comunidad.
Cambia también el ministerio responsable: el MOVES III era del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y el Auto+ es del Ministerio de Industria y Turismo. No es un detalle administrativo, es un cambio de enfoque que se nota en los criterios.
Se acabó el achatarramiento y empieza la política industrial
El rasgo que más gente recuerda del MOVES es que daba bastante más dinero si se daba de baja un vehículo antiguo. En el Programa Auto+ eso no existe: el real decreto no menciona el achatarramiento en ningún artículo. Las únicas referencias a una baja definitiva del vehículo están en el artículo 10 y van en el sentido contrario, porque son la obligación de mantener el coche dos años y las excepciones por robo, siniestro, defecto grave de origen o fallecimiento.1
Lo que ha ocupado ese hueco es el criterio europeo, que suma hasta un 25 % adicional al importe máximo: un 15 % si el montaje y la terminación final previa a la comercialización se hicieron en al menos una instalación industrial de la Unión Europea, y otro 10 % si una parte de la fabricación de la batería, que debe incluir como mínimo el ensamblaje de los conjuntos, se hizo también en la Unión.1
La ayuda ha dejado de premiar que retire usted un coche viejo de la circulación y ha pasado a premiar dónde se fabricó el que compra.
La cuantía es una suma de criterios
Esto es lo que más cuesta explicar y lo que más dinero mueve. El importe que aparece en los titulares (4.500 € por un turismo, 5.000 € por una furgoneta) es el máximo del anexo, no la ayuda. El apartado 2 de los anexos II y III manda calcularla «de forma acumulativa […] como un porcentaje que se aplicará al importe máximo».1
| Criterio | Cuándo se concede | Puntos |
|---|---|---|
| Eléctrico (E1) | Vehículo eléctrico puro (BEV o pila de combustible) | 50 % |
| Eléctrico (E1) | Híbrido enchufable o de autonomía extendida | 25 % |
| Económico (E2) | Turismo de hasta 35.000 € | 25 % |
| Económico (E2) | Turismo de más de 35.000 € | 15 % |
| Económico (E2) | Cualquier otra categoría de vehículo | 25 % |
| Europeo (E3) | Montaje final en una instalación industrial de la UE | 15 % |
| Europeo (E3) | Batería ensamblada también en la UE | 10 % |
Los cuatro juntos suman exactamente el 100 %, y ése es el único caso en el que se cobra el máximo entero. La consecuencia práctica es que el mismo titular vale cosas muy distintas:
| Turismo | Criterios | Ayuda |
|---|---|---|
| Eléctrico puro de 30.000 € fabricado en la UE, batería UE | 50 + 25 + 15 + 10 | 4.500,00 € |
| Eléctrico puro de 30.000 € fabricado fuera | 50 + 25 | 3.375,00 € |
| Híbrido enchufable de 30.000 € fabricado fuera | 25 + 25 | 2.250,00 € |
| Híbrido enchufable de 40.000 € fabricado fuera | 25 + 15 | 1.800,00 € |
Dos veces y media de diferencia, con el mismo programa y la misma categoría de vehículo.
Quién compra cambia el techo
El programa tiene dos líneas. La Línea 1 es para personas físicas mayores de edad que no realizan una actividad económica y residen legalmente en España. La Línea 2 es para quien sí la realiza, y admite además el renting y el leasing financiero formalizados en España con una duración mínima de contrato de tres años.1
Dentro de la Línea 2 el anexo III trae tres tablas distintas, y las diferencias son grandes:
| Quién pide | Turismo (M1) | Furgoneta (N1) |
|---|---|---|
| Particular (Línea 1) | 4.500 € | 5.000 € |
| Autónomo o microempresa | 6.000 € | 7.500 € |
| Empresa mayor que una microempresa | 4.500 € | 5.000 € |
| Autónomo del Fondo Social para el Clima | 7.000 € | 12.000 € |
Hay dos cosas que llaman la atención en esa tabla. La primera es que una empresa grande cobra exactamente lo mismo que un particular, mientras que un autónomo cobra un tercio más. La segunda es que la mayor cuantía del programa, esos 12.000 € por una furgoneta, está en la línea cofinanciada con el Fondo Social para el Clima, que a cambio sólo admite vehículos de emisión cero y excluye expresamente los híbridos enchufables y los de autonomía extendida.1
Las condiciones que deciden si puede pedirla
La etiqueta CERO es la puerta. El artículo 1.1 excluye del programa todos los vehículos que no tengan la etiqueta ambiental CERO de la Dirección General de Tráfico.1 Un híbrido no enchufable queda fuera por mucho que consuma poco.
Hay topes de precio. Un turismo no puede costar más de 45.000 € y una motocicleta más de 10.000 €, medidos en factura y sin impuestos. En la Línea 2 hay una excepción que conviene conocer: un turismo de ocho o nueve plazas no tiene tope de precio, mientras que el de hasta siete sí.
El concesionario tiene que poner 1.000 € de su parte. Es la condición menos conocida del programa y no es una ayuda pública. El artículo 8.3.b).5.º exige que la factura «acredite la aplicación de un descuento de al menos 1.000 euros en el precio de venta (impuestos excluidos) del vehículo, registrado con un concepto indubitadamente relacionado con el Programa Auto+», siempre que el vehículo sea nuevo y de categoría M1 o N1.1 La disposición transitoria primera exime de ello a los vehículos comprados antes de que se abriera el plazo de 2026.
Hay que quedarse el coche dos años. El artículo 10.1.d) obliga a mantener la titularidad y la matriculación en España al menos dos años desde la concesión, salvo baja definitiva por robo, siniestro o daños irreparables, sustitución por defectos graves de origen o fallecimiento del beneficiario. Fuera de esos casos, se reintegra la ayuda íntegra.1
El calendario, y por qué importa ahora
El artículo 6 no fija una fecha concreta: dice que el plazo de presentación «será el que se establezca en la correspondiente convocatoria, y se prolongará hasta el 15 de octubre del año en curso como máximo», y que sólo se alarga hasta el 31 de diciembre si el crédito que financia la convocatoria tiene la condición de incorporable.1
Y hay un segundo reloj, el del dinero. El artículo 5.4 explica qué pasa cuando se agota el presupuesto: las solicitudes siguientes se pueden seguir presentando, pero entran en una lista de espera que se atiende «por riguroso orden de presentación» y sólo si otros desisten. El propio artículo dice que «en ningún caso el hecho de presentar una solicitud y que ésta forme parte de la lista de espera señalada en este apartado generará derecho alguno a la percepción de ayuda».1 La convocatoria de 2026 va dotada con 350 millones de euros la Línea 1 y 50 millones la Línea 2.
La disposición transitoria primera resuelve el caso de quien ya compró: para la convocatoria de 2026 valen los vehículos nuevos matriculados a nombre del beneficiario desde el 1 de enero de 2026, y los adquiridos a través de un concesionario cuya primera matriculación como vehículo nuevo sea del 1 de enero de 2025 en adelante.1
Un cambio de hace dos semanas
El Programa Auto+ ya se ha modificado una vez. El Real Decreto 724/2026, de 9 de septiembre, en vigor desde el 11 de septiembre de 2026, reescribió el artículo 4.2 y suprimió la exclusión de las empresas en crisis que la redacción original llevaba para la Línea 2.2 La versión de julio terminaba diciendo que «no podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas empresas que se encuentren en situación de crisis según la definición del artículo 2.18 del citado Reglamento»; la vigente termina antes, en la remisión al artículo 13.2 y 13.3 bis de la Ley General de Subvenciones.
Es un cambio pequeño en extensión y grande para quien le afecta: una empresa en dificultades no podía pedir la ayuda de la Línea 2 hasta el 10 de septiembre y puede pedirla desde el 11.
Un ejemplo con números reales
Un particular compra un turismo eléctrico puro cuya factura, sin impuestos y con los extras incluidos, asciende a 30.000 €. El coche se montó fuera de la Unión Europea.
- El importe máximo de su categoría en la Línea 1 son 4.500 €.
- El criterio eléctrico aporta un 50 %, porque es un eléctrico puro.
- El criterio económico aporta un 25 %, porque 30.000 € no llegan a los 35.000 € que parten el tramo.
- El criterio europeo no aporta nada, porque el montaje no fue en la Unión.
- La suma es el 75 % de 4.500 €, es decir 3.375,00 €.
- Se queda 1.125,00 € por debajo del máximo, y esa diferencia es exactamente lo que valen los dos criterios europeos que no cumple.
- A eso se le suman los 1.000,00 € que el concesionario está obligado a descontar en factura, así que el ahorro total en la compra son 4.375,00 €.
Si el mismo comprador eligiera un híbrido enchufable de 40.000 €, la suma sería 25 + 15 = 40 %, es decir 1.800,00 €. El mismo programa, la misma semana y 1.575 € menos.
Qué hacer ahora
Si está pensando en comprar, las tres preguntas útiles son en qué porcentaje cae su coche, si la convocatoria de su línea sigue abierta y si el modelo está en la Lista Blanca del programa, que es de lo que depende el 10 % adicional de la batería según la disposición transitoria segunda.1
La primera la contesta la calculadora de esta página, que desglosa los criterios uno a uno para que la cifra se pueda comprobar contra el boletín. Las otras dos hay que mirarlas en la convocatoria vigente, porque ni la fecha exacta ni la lista de modelos están en el real decreto.
Y si lo que le preocupa es el coste del coche una vez comprado, el impuesto de circulación es el otro número que se paga todos los años, con sus propias bonificaciones municipales para los vehículos eléctricos.
Errores comunes
Buscar la convocatoria del MOVES de su comunidad autónoma
Era lo correcto hasta 2025 y ha dejado de serlo. El MOVES III se concedía directamente a las comunidades autónomas y a Ceuta y Melilla, y cada una publicaba su convocatoria con su propio calendario y su propio agotamiento de fondos. El artículo 2.1 del Real Decreto 609/2026 dice que el ámbito del Programa Auto+ es «todo el territorio nacional», y quien lo gestiona es el Ministerio de Industria y Turismo. Por eso las páginas de las agencias autonómicas de la energía, que siguen siendo el primer resultado cuando se busca «MOVES III», describen un programa que ya no está en su mano.
Contar con la ayuda extra por achatarrar el coche viejo
Era el rasgo más conocido del MOVES y en el Auto+ no existe. El real decreto no menciona el achatarramiento ni una sola vez: las únicas referencias a una baja definitiva están en el artículo 10, y son la obligación de mantener el coche dos años y las excepciones por robo, siniestro o fallecimiento. Lo que ha ocupado su lugar es el criterio europeo, que suma hasta un 25 % adicional según dónde se hicieran el montaje final del vehículo y el ensamblaje de la batería. La política de renovación del parque se ha convertido en política industrial.
Dar por hecho que le van a dar los 4.500 €
Los 4.500 € son el importe máximo del anexo para un turismo en la Línea 1, no la ayuda. El apartado 2 de los anexos manda calcularla «de forma acumulativa» como un porcentaje de ese máximo: 50 % si el coche es eléctrico puro o 25 % si es enchufable, más 25 % si cuesta hasta 35.000 € o 15 % si pasa de ahí, más 15 % por el montaje en la Unión Europea y otro 10 % por la batería. Sólo sumando los cuatro se llega al 100 %. Un híbrido enchufable de 40.000 € fabricado fuera de la Unión se queda en el 40 %, es decir en 1.800 €.
Medir el precio del coche con impuestos incluidos
Los topes de 45.000 € para un turismo y 10.000 € para una motocicleta, y también el umbral de 35.000 € que parte el criterio económico, se miden sobre el precio de factura SIN impuestos, incluyendo todos los extras, accesorios y servicios asociados a la venta y después de aplicar los descuentos comerciales. Es una base distinta de la que aparece en el anuncio del concesionario, y en los dos sentidos: los extras suman y los descuentos restan.
Lecturas y calculadoras relacionadas
Fuentes
- 1.Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, por el que se regula la concesión directa de ayudas a la compra de vehículos eléctricos y electrificados (Programa Auto+) · Boletín Oficial del Estado
- 2.Real Decreto 724/2026, de 9 de septiembre, disposición final tercera: reescribe el artículo 4.2 del Programa Auto+ y suprime la exclusión de las empresas en crisis de la Línea 2 · Boletín Oficial del Estado
- 3.Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, que aprobó el MOVES III como concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla · Boletín Oficial del Estado
- 4.Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, artículo 27: la última redacción que sobrevive del artículo 4.1 del MOVES III, que lo deja en vigor hasta el 31 de diciembre de 2024 · Boletín Oficial del Estado
- 5.Resolución de 22 de enero de 2025: deja sin efecto la modificación del artículo 4.1 del MOVES III introducida por el Real Decreto-ley 9/2024 · Boletín Oficial del Estado
- 6.Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril, por el que se establece el programa MOVES III para el año 2025, con vigencia del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025 · Boletín Oficial del Estado
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Thorben Rasmus Idel
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Cofundador de Calculadora Capital y autor de la metodología de todas las calculadoras y artículos. Empresario e inversor activo, Thorben fundó Idel Versandhandel GmbH, una empresa de comercio internacional presente en 16 países, e invierte en acciones, ETF y criptomonedas. Él escribe la metodología y verifica los cálculos de cada página, aportando la experiencia de quien gestiona un negocio e invierte para que las herramientas y las explicaciones reflejen cómo funcionan de verdad el dinero, los mercados y los impuestos para quienes viven en España.
Revisado por
Nahar Geva
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Cofundación de Calculadora Capital y revisión independiente de todas las calculadoras y artículos. Con una trayectoria de emprendimiento y de inversión activa en los mercados, Nahar combina un enfoque basado en datos y en producto con la experiencia de invertir en acciones y ETF, en criptomonedas y otros activos digitales, además de finanzas personales e inmobiliario. En cada página, Nahar revisa la metodología y comprueba los cálculos y las cifras, poniendo a prueba si las herramientas y las explicaciones resisten frente a cómo funcionan de verdad el dinero, los mercados y los impuestos para quien invierte.
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